Otra vez la tele: El príncipe Charles que en algún momento fue su esposo, antes de su divorcio... Usaban los cañones como armamento.
Se antoja increíble la anécdota de ridiculez, cinismo y frivolidad en que transcurre la atmósfera del primer informe de Felipe Calderón. Este país es una dolorosa caricatura del que con todos sus defectos, ninguno de los cuales se identificaba con la traición a la patria, condujeron los últimos presidentes de la Revolución.
La capacidad de acarreo para alimentar el ego del jefe del gobierno federal, ponerle a salvo del cotidiano abucheo popular en todo el país, garantizar su habilidad desnacionalizadora y liquidar la soberanía de la República es, este primero de septiembre, la preocupación central del régimen.
Cómo no extrañar los tiempos en que Luis Echeverría y José López Portillo, tan explicablemente desprestigiados por una gavilla de mercenarios, enfrentaban, con gallardía, la ira del neofascismo gringo para establecer la huella de Cárdenas.
La mejor manera de rendir homenaje a esos mexicanos sería, en esta fecha, la reproducción de los conceptos esenciales que respecto a la cancelación de las concesiones bancarias al sector privado hizo en su sexto informe el presidente José López Portillo, y del decreto correspondiente.
Eran tiempos diferentes, no cabe duda: López Portillo restituía su patrimonio a la nación. Quienes siguieron tras él todavía no se explican cómo, pese a su vocación colonial y el compromiso contraído en tal sentido con la voz del amo, aún queda país y dentro de él, mexicanos que luchan por reinstalarlo en la decencia, en la dignidad.
He aquí la voz de José López Portillo el primero de septiembre de 1982. Quizá el último informe presidencial interrumpido por los aplausos. Seguramente el último presidente de México cuyas acciones convocaron la gratitud y simpatía de un pueblo al cual se empeñan en engañar los sumisos prestanombres del interés extranjero. Aquél hombre defendió a su patria. Los de después la mantienen en subasta. rrb@redami.com
NACIONALIZACIÓN DE LA BANCA
Para explicar su trascendental medida, López Portillo hizo referencia en su sexto informe de gobierno, el primero de septiembre de 1982, dos componentes, uno extranjero, consistente en “un desorden económico internacional que castiga a los países en desarrollo, con factores monetarios, financieros, comerciales, tecnológicos, alimentarios y energéticos expresados muy claramente en la reunión de Cancún, y que tienen, forzosamente que ser resueltos en negociaciones globales, como está propuesto a la Naciones Unidas. Es urgente. De otro modo los problemas se agravarían a extremos impredecibles.
Aquí adentro fallaron tres cosas fundamentalmente: La conciliación de la libertad de cambios con la solidaridad nacional y altamente especulativa. La concepción de la economía mexicanizada, como derecho de los mexicanos sin obligaciones correlativas; el manejo de una banca concesionada, expresamente mexicanizada, sin solidaridad nacional y altamente especulativa.
Ello significó que en unos cuanto años, sustanciales recursos de nuestra economía generados por el ahorro, por el petróleo y por la deuda pública, salieran del país por el conducto de los propios mexicanos y sus bancos, para enriquecer más a las economías externas, en lugar de canalizarse a capitalizar al país conforme a las prioridades nacionales. Nuestra debilidad, por el camino de la desconfianza y ambición, nos hizo más débiles, y más fuerte a los fuertes.
Se pudo afirmar que en unos cuantos, recientes años, ha sido un grupo de mexicanos, sean los que fueren, en uso de derechos y libertades pero encabezados, aconsejados y apoyados por los bancos privados, el que ha sacado más dinero del país, que los imperios que nos han explotado, desde el principio de nuestra historia.
Tenemos que organizarnos para salvar nuestra estructura productiva y proporcionarle los recursos financieros para seguir adelante; tiene que detener la injusticia del proceso perverso fuga de capitales –devaluación– inflación que daña a todos, especialmente al trabajador; al empleo y las empresas que lo generan.
Para responder a ellas he expedido en consecuencia dos decretos: uno que nacionaliza los bancos privados del país y otro que establece el control generalizado de cambios, no como una política superviviente del más vale tarde que nunca, sino porque hasta ahora se han dado las condiciones críticas que los requieren y justifican. Los decretos respectivos se publican hoy en el Diario Oficial. Como complemento, someto a la consideración de esta soberanía, iniciativa de ley que convierte al Banco de México en organismo público descentralizado del Gobierno Federal; dejará de ser sociedad anónima.
Con la nacionalización de la banca, se termina la concesión a los particulares, para incorporar el servicio directamente a la Nación. Obviamente, la nacionalización irá acompañada de la justa compensación económica a los actuales accionistas, conforme a derecho. Lo importante es urgente. Cuidaremos también con particular esmero la situación y los intereses de los depositantes y clientes de la banca mexicana, así como los del público en general. El dinero y valores de cada depositante en un banco mexicano, se han mantenido siempre seguros porque el Gobierno ha estado detrás de todos y cada uno de los bancos para garantizar esa seguridad. Con mayor razón estarán ahora seguros los depósitos en los bancos mexicanos.
No serán afectados d ningún modo el dinero, ni los valores propiedad de los usuarios del servicio público de la Banca; ni los fondos o fideicomisos administrativos por ésta; ni lo depositados en las cajas de valores. La banca extranjera, sus representantes, las organizaciones auxiliares de crédito y el Banco Obrero, no son sujetos de expropiación o afectación alguna. Los derechos de los trabajadores del sistema bancario serán respetados. El viejo anhelo de crear un sindicato bancario podrá fructificar, como ocurre en la mayor parte de los países del mundo.
La banca seguirá funcionando normalmente. Su administración sólo ha revertido a las manos de quien la concesionó: el Estado mexicano. Primero lo que a todos conviene. Después lo demás. En este caso el Gobierno no sólo está eliminando un intermediario, sino a un instrumento que ha probado más que suficientemente su falta de solidaridad con los intereses del país y del aparato reproductivo.
La banca privada mexicana y mexicanizada –eso es lo más doloroso, ha pospuesto el interés nacional y ha fomentado, propiciado y aun mecanizado las especulaciones fuga de capitales. Frente a los daños de la especulación y falta de apoyo a las actividades productivas, sería incongruente poner las medidas correctivas, en manos de sus defensores y de quienes tienen intereses creados en torno a ellas. Se dirá que se ha repetido ya mucho que el Gobierno tenía los instrumento sobrados para controlar la banca privada. Hoy tomemos de confesar que así lo creímos, pero que no fue así. Una dolorosa historia nos la ha enseñado. Por ello llegamos a la situación financiera caótica y contradictoria en la que nos encontramos.
En suma, se nacionalizó la banca privada, y con el control de cambios, se programará mejor lo que el trabajo y el ahorro de los mexicanos, el petróleo, otras exportaciones y el financiamiento, nos significa. La Nación se beneficiará. Cumpliremos estrictamente nuestros compromisos nacionales e internacionales; se importará sólo lo necesario; se viajará lo indispensable... Le quitaremos a la inflación los abundantes impactos especulativos que hemos venido padeciendo, tan sólo porque los márgenes de intermediación bancaria y la demanda de dólares fue brutal, envenenando nuestra economía. Las resoluciones de nacionalizar a la banca y de implantar el control de cambios, han costado muchos trabajo; pero todos debemos estar convencidos de su imperiosa necesidad.
DECRETO QUE ESTABLECE LA NACIONALIZACIÓN DE LA BANCA PRIVADA.
José López Portillo, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo confiere la fracción Y del artículo 89 de la Constitución General de la República, y con fundamento en el artículo 27 constitucional y los artículos 1º, fracciones Y, V, VIII y Ix, 2º, 2º, 3º, 4º, 8º, 10 y 20 de la Ley de Expropiación, 28, 31, 32, 33, 34, 37 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y demas relativos de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organización Auxiliares y considerando
Que el servicio público de la banca y el crédito se había venido concesionando por parte del Ejecutivo Federal, a través de contratos administrativos, en personas morales constituidas en forma de sociedades anónimas con objeto de que colaboraran en la atención del servicio que el gobierno no podía proporcionar integralmente;
Que la concesión, por su propia naturaleza, es temporal, pues sólo puede subsistir mientras el Estado, por razones económicas, administraivas o sociales, no se pueda hacer cargo directamente de la prestación del servicio público;
Que los empresarios privados a los que se había concesionado el servico de la banca y del crédito en general han obtenido con creces ganancias de la explotación del servicio, creando además, de acuerdo a sus intereses, fenómenos monopólicos con dinero aportado por el público en general, lo que debe evitarse para manejar los recursos captados con criterios de interés general y de diversificación social del crédito, a fin de que llegue a la mayor parte de la población productiva y no se siga concentrando en las capas más favorecidas de la sociedad;
Que el Ejecutivo a mi cargo estima que, en los momentos actuales, la administración pública cuenta con los elementos y experiencias suficientes para hacerse cargo de la prestación integral del servicio público de la banca y del crédito, considerando que los fondos provienen del pueblo mexicano, inversionista y ahorrador, a quien es preciso facilitar el acceso al crédito;
Que el fenómeno de falta de diversificación del crédito no consiste tanto en no otorgar una parte importante de créditos a una o varias personas determinadas, sino que lo que ha faltado es hacer llegar crédito oportuno y barato a la mayor parte de la población, lo cual es posible atender con la colaboración de los trabajadores bancarios y contando con la confianza del público ahorrador e inversionista;
Que con el objeto de que el pueblo de México, que con su dinero y bienes que ha entregado para su administración o guarda a los bancos, haya generado la estructura económica que actualmente tienen éstos, no sufra ninguna afectación y pueda continuar recibiendo este importante servicio público y con la finalidad de que no se vean disminuidos en lo más mínimo sus derehos, se ha tomado la decisión de expropiar por causa de utilidad pública, los bienes de las instituciones de crédito privadas;
Que la crisis económica por la cual actualmente atraviesa México y que, en buena parte, se ha agravado por la falta del control directo de todo el sistema crediticio, fuerzan igualmente a la expropiación, para el mantenimiento de la paz pública y adoptar las medidas necesarias para corregir trastornos interiores, con motivo de la aplicación de una política de crédito que lesiona los intereses de la comunidad;
Que el desarrollo firme y sostenido que requiere el país y que se basa en gran medida en la planeación nacional, democrática y participativa, requiere que el financiamiento del desarrollo, tanto por lo que se refiere a gastos e inversión pública, como al crédito, sean servidos a administrados por el Estado, por ser de interés social y orden público, para que se manejen en una estrategia de asignación y orientación de los recursos productivos del país a favor de las grandes mayorías;
Que la medida no ocasiona perjuicio alguno a los acreedores de las instituciones crediticias expropiadas, pues el gobierno federal, al reasumir la responsabilidad de la prestación del servicio público garantiza la amortización de operaciones contraídas por dichas instituciones;
Que con apoyo en la legislación bancaria, el Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, realizará las acciones necesarias para la debida organización y funcionamiento del nuevo esquema de servicio crediticio, para que no exista ninguna afectación en la prestación del mismo, conserven sin menoscabo alguno sus actuales derechos tanto los empleados bancarios, como los usuarios del servicio y los acreedores de las instituciones;
Que la medida que toma el gobierno federal tiene por objeto facilitar salir de la crisis económica por la que atraviesa la nación y, sobre todo, para asegurar un desarrollo económico que nos permita, con eficiencia y equidad, alcanzar las metas que se han señalado en los planes de desarrollo; he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTICULO PRIMERO. Por causas de utilidad pública se expropian a fovor de la nación las instalaciones, edificios, mobiliario, equipo, activos, cajas, bóvedas, sucursales, agencias, oficinas, inversiones, acciones o participaciones que tengan en otras empresas, valores de su propiedad, derechos y todos los demás muebles e inmuebles, en cuanto sean necesarios, a juicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, propiedad de las instituciones de crédito privadas a las que se les haya otorgado concesión para la prestación del servicio público de banca y crédito.
ARTICULO SEGUNDO. El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa la entrega de acciones y cupones por parte de los socios de las instituciones a que se refiere el artículo primero, pagará la indemnización correspondiente en un plazo que no excederá de 10 años.
ARTICULO TERCERO. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público y en su caso el Banco de México, con la intervención que corresponda a las secretarías de Asentamientos Humanos y Obras Públicas y de Comercio, tomarán posesión inmediata de las instituciones crediticias expropiadas y de los bienes que las integran, sustituyéndola los actuales órganos de administración y directivos, así como las representaciones que tengan dichas instituciones ante cualquier asociación o institución y órgano de administración o comité técnico, y realizarán los actos necesarios para que los funcionarios de niveles intermedios y, en general, los empleados bancarios, conserven los derechos que actualmente disfrutan, no sufriendo ninguna lesión con motivo de la expropiación que se decreta.
ARTICULO CUARTO. El Ejecutivo Federal garantizará el pago de todos y cada uno de los créditos que tengan a su cargo las instituciones a que se refiere este decreto.
ARTICULO QUINTO. No son objeto de expropiación el dinero y valores propiedad de usuarios del servicio público de banca y crédito o cajas de seguridad, ni los fondos o fideicomisos administrados por los bancos, ni en general bienes muebles e inmuebles que no estén bajo la propiedad o dominio de las instituciones a que se refiere el artículo primero; ni tampoco son objetos de expropiación las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares de crédito, ni la banca mixta, ni el Banco Obrero, ni el Citibank, SA, ni tampoco las oficinas de representación de entidades financieras del exterior, ni la sucursales de bancos extranjeros de primer orden.
ARTICULO SEXTO. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público vigilará conforme a sus atribuciones que se mantenga convenientemente el servicio público de banca y crédito, el que continuará prestándose por las mismas estructuras administrativas que se transformarán en entidades de la administración pública federal y que tendrán la titularidad de las concesiones, sin ninguna variación. Dicha Secretaría contará a tal fin con el auxilio de un comité técnico consultivo, integrado con representantes designados por los titulares de las secretarías de Programación y Presupuesto, de Patrimonio y Fomento Industrial, del Trabajo y Previsión Social, de Comercio, Relaciones Exteriores, Asentamientos Humanos y Obras Públicas, así como de la propia Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Banco de México.
ARTICULO SEPTIMO. Notifíquese a los representantes de las instituciones de crédito citadas en el mismo y publíquese por dos veces en el Diario Oficial de la Federación, para que sirva de notificación en caso de ignorarse los domicilios de los interesados.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Los servicios de banca y crédito podrán suspenderse hasta por dos días hábiles a partir de la vigencia de este decreto, con objeto de organizar convenientemente la debida atención a los usuarios.