El legislador citó que el 15 de abril de 2011, se publicó en el Periódico Oficial del Estado el Decreto No. 41, mediante el cual se reforma el párrafo cuarto, del artículo 24 de la Ley que Regula los Servicios de Control Vehicular en el Estado de Baja California, a fin de que en las calcomanías y tarjetas de circulación se indiquen expresamente su vigencia conforme a los plazos a que se refiere los párrafos primero, segundo y tercero del citado numeral, es decir, dentro los tres o seis primeros meses del ejercicio fiscal siguiente al que fueron emitidas, ello, cuando el modelo del vehículo sea de 9 o más de 10 años de antigüedad, según corresponda.
Pero a pesar de la entrada en vigor de la reforma que se comenta, la edición de calcomanías y tarjetas de circulación vehicular que se aprobó para este año, especialmente la de este último documento, señalan que su vigencia es hasta el 31 de diciembre de 2012, y que su fecha límite de canje es el 31 de marzo o el 30 de junio de 2013, respectivamente.
Con motivo de lo anterior, el 17 de enero del año en curso esta Legislatura del Estado, aprobó en sesión ordinaria un acuerdo por el cual se exhortó al titular de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Contador Público Manuel Francisco Gerardo Aguilar Bojórquez, para que en las calcomanías y tarjetas de circulación se previera su vigencia en términos de los dispuesto por el referido artículo 24 de la Ley que Regula los Servicios de Control Vehicular en el Estado de Baja California.
Acuerdo, que se hizo del conocimiento de dicho funcionario mediante oficio No. 0140, de fecha 17 de enero de los corrientes, suscrito en ese entonces por el Presidente de la Mesa Directiva de este Congreso del Estado, el Diputado Máximo García López.
No obstante lo anterior, a la fecha no se ha tenido conocimiento de una respuesta o que se haya tomado alguna medida por parte del servidor público mencionado con el fin de evitar que los bajacalifornianos puedan ser sujetos de sanciones en virtud de la negligencia en la que se incurrió, pues se recuerda que al igual que en nuestro Estado, es una exigencia normal para circular tanto en el resto de nuestro país como en el extranjero, el contar con placas y tarjeta de circulación vigentes.
Esta actitud omisa que bien puede rayar en la indiferencia, no sólo es contraria a la esencia y fin del servicio público al que nos hemos comprometido, sino que también se aparta de un principio fundamental de gobierno, como lo es el de colaboración de poderes; lo anterior, sin dejar de preocupar las posibles consecuencias negativas que dicha actitud podría originar en perjuicio de los bajacalifornianos, mismas que simplemente no pueden ser toleradas; como tampoco, la falta de una acción pública oportuna y eficaz para impedirlas.