VIERNES, 24 DE MAYO DE 2013
 
 

Reforman Ley de Transparencia para proteger a testigos

Por (EL UNIVERSAL)

Publicado viernes, 27 de abril de 2012 04:08 p. m.

La reforma a la Ley de Transparencia en el artículo 31 permitirá que el CENAPI y el Centro Federal de Protección de Personas no cuenten con un Comité de Información y que la decisión de abrir o cerrar la información solicitada vía Ley de Transparencia sea tomada por sus titulares.

MÉXICO, D.F.- Con el argumento de proteger la identidad de los testigos protegidos, la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley Federal de Transparencia y Acceso Pública Gubernamental en la que otorgará amplias facultades a los titulares del Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (CENAPI) y del Centro Federal de Protección a Personas para decidir si abren o cierran información que se pida a través de dicha ley.

El CENAPI es el encargado de elaborar la base de datos que se publicitó en una ocasión a través del portal de Presidencia de la República para saber cuántos muertos había con relación al combate al crimen organizado. En esta base de datos se reconocía la muerte de 47 mil 515 personas.

La reforma a la Ley de Transparencia en el artículo 31 permitirá que el CENAPI y el Centro Federal de Protección de Personas no cuenten con un Comité de Información y que la decisión de abrir o cerrar la información solicitada vía Ley de Transparencia sea tomada por sus titulares.

Esto ocurre actualmente en las siguientes dependencias: Del Estado Mayor Presidencial, el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN), el Estado Mayor de la Defensa Nacional, la Dirección de Coordinación de Inteligencia de la Policía Federal Preventiva, la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO) y el Estado Mayor General de la Armada.

Según el artículo 31 de la Ley de Transparencia, es "responsabilidad exclusiva del titular de la propia unidad administrativa" el otorgar el acceso a la información a los documentos solicitados.

Esto excluye a las dependencias antes mencionadas de someterse al control de un Comité de Información que decide y evalúa si se da acceso o no a la información que solicitan los ciudadanos a través de la Ley Federal de Transparencia.

Los Comités de Información de cada dependencia del gobierno federal están integrados por un servidor público designado por el titular de la dependencia o entidad; el titular de la Unidad de Enlace, y el titular del Órgano Interno de Control (OIC) de cada dependencia o entidad.

Los OICS no dependen de las secretarías de Estado sino de la Secretaría de Función Pública, que vigila el actuar de cada dependencia del gobierno federal.

Los comités de información adoptan sus decisiones por mayoría de votos.

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