Editorial

¿Qué hacer si la plataforma del SAT falla?, tienes un plan B

Por Redacción | jueves, 11 de abril de 2024

EMX-¿Qué hacer si la plataforma del SAT falla?, tienes un plan B

Por Dr. César Rubio


Es de lo más común que acercándose a las fechas límite para presentar las declaraciones, tanto para personas físicas como morales, la plataforma de la autoridad se colapse, comienza a tener fallas, que, en muchos casos, impide a los contribuyentes presentar sus declaraciones dentro del plazo establecido por la autoridad.

Este año no fue la excepción, la autoridad hizo un comunicado en sus redes sociales, informando la problemática que estaba teniendo su plataforma, generando molestias e incomodidades entre los contribuyentes, por esta razón, es importante conocer qué opciones se tienen en caso de estos eventos.

En caso de que presenten complicaciones en la plataforma de la autoridad, que te impidan cumplir con tu declaración, es posible solicitar una prórroga para cumplir con tu trámite hasta un día posterior a la fecha límite impuesta. Para validar tal situación, debes adjuntar a tu solicitud la captura de pantalla que pueda demostrar que el sitio de la autoridad estaba fallando.

Debemos tener en cuenta, que esta solicitud de prórroga debemos generarla de inmediato, una vez que inicien las fallas en el sistema, debemos protegernos para cualquier eventualidad, ya sea acudiendo a PRODECON, o simplemente enviando a través del buzón tributario vía aclaración, la solicitud de prórroga.

En cuestión de prórrogas, el SAT generalmente es omiso en pronunciarse, porque lo que pretende es que los contribuyentes no tengan como opción, la posibilidad de solicitarla, pero recordemos, tenemos todo el derecho de presentar nuestra declaración hasta el último día, ya que la autoridad, tiene la obligación de contar con plataformas y sistemas lo suficientemente capaz de soportar el ingreso de todos los contribuyentes.

Ahora bien, es importante tener en cuenta, que la multa que procede en caso de no presentar la declaración anual en tiempo y forma no es automática, la autoridad debe requerir, emitir y notificar la multa, gestiones que no acontecen de manera inmediata, es decir, si tengo hasta el 31 de abril para presentar la declaración anual como persona física, pero no la presente, al día 1 de mayo lo más probable es que no aparezca ninguna multa en el buzón tributario.

Lo anterior debido a que existe una figura jurídica llamada “cumplimiento espontáneo”, lo que permite que aún y cuando el cumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual, no se haya realizado dentro del plazo legal establecido, pero se realizó antes de que la autoridad se percatara de dicha omisión y procedería a emitir la multa o iniciar alguna auditoría, dicho cumplimiento se tendrá como válido, como si se hubiera hecho dentro del plazo establecido.

En conclusión, tratándose de los plazos para presentar la declaración del ejercicio fiscal, en la mayoría de los casos, si la presentamos el último día, probablemente van a existir fallas en los sistemas de la autoridad, por lo que hay que estar prevenidos, realizar las gestiones para documentar estas fallas y realizar la solicitud de prórroga correspondiente.

Mantente informado sobre cualquier cambio que pueda afectar tu situación y toma las medidas necesarias para cumplir con las regulaciones vigentes, ya que es importante que actúes con prontitud para regularizar tu situación si has presentado tu declaración anual fuera de plazo. Contar con un asesor fiscal, siempre evitará sanciones adicionales y ayudará a resolver cualquier problema que puedas enfrentar con las autoridades fiscales.